Después de una mini vacaciones del equipo (para recuperarnos de la extensa OP2021) retomamos los artículos de interés a las Pymes, empresarios, emprendedores y personas.
Uno de los beneficios importantes que trajo la ley de apoyo a las PYMES, es el de Uno de los beneficios importantes que trajo la ley de apoyo a las PYMES, es el de Devolución del remanente del IVA crédito de hasta 3 meses.
REQUISITOS:
- Para Pymes afectas al IVA; Así que, si es un servicio exento, no le sirve porque no tiene «iva remanente» que recuperar.
- Sólo para Pymes del Régimen 14d3 o 14d8 de la LIR. No es para grandes empresas, tampoco para las 14A o las O.S.F.L. Como es una medida excepcional, debe interpretarse restrictivamente. (Los regímenes PYMES esta desarrollados en mi Libro «Manual Pymes: Sociedades e Impuestos» © donde señalo que «ahora si tiene importancia ser una PYMES,» porque trae beneficios especiales como este y otros más.
- Haber generado un «remanente de IVA» por la adquisición de bienes o utilización de servicios, entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021: Puede solicitar el reembolso del IVA, ¿desde cuándo?: 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2021.
- Limitación: Que no mantengan una deuda tributaria, salvo los contribuyentes con convenios de pago ante la Tesorería General de la República (TGR) entre la fecha de publicación de esta ley y el 31 de agosto de 2021, que se estén cumpliendo. Pero nada obsta que haga un convenios de pago con Tesorería de 24 a 48 cuotas, con condonación del 100% de intereses y multas; y luego pida el beneficio… así que «muévase» o «apúrese…» como decimos en Chile.
- No podré ingresar la solicitud si para el mismo periodo solicité devolución de IVA Exportador, Cambio de sujeto o 27 BIS.
- El SII revisa automáticamente si cumple o no los requisitos y el «monto de Remanente de IVA» que puedo pedir, al momento de realizar la solicitud.
Solicítelo aquí: http://www.sii.cl «autenticar» /Servicios Online/ Impuestos Mensuales/BENEFICIO REEMBOLSO CREDITO FISCAL IVA (no les dejo link directo, porque el SII solicita autenticar). El sistema te informará los cálculos y el monto del beneficio al que puedes acceder. Ingresar cta. cte bancaria de la empresa o persona y listo: se mostrará resumen de tu solicitud, donde Tesorería General de la República (TGR) te depositará el dinero en un plazo de 10 días hábiles aproximadamente. Esta semana, desde el lunes 26 de julio ya comenzaron los depósitos de remanente en cta. cte empresas para que los revisen. Si aun no lo ha hecho… que esta esperando. Ayuda al «flujo de caja» de las Pymes.
Elaborado por Emprendepymes, su socio Luis Marín Concha. Autor del Libro «Manual Pymes: Sociedades e Impuestos» © 2020.- Donde se analizan esquema societarios para las Pymes y los Impuestos que las afectan, con los nuevos regímenes Pymes: https://www.linkedin.com/pulse/libro-en-formato-kindle-edition-manual-pymes-e-100-marin-concha

Gracias es muy buen articulo. Todo muy claro
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Buena Luis, estaba buscando como era esta «vuelta». Clarito, clarito. Felicitaciones
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Muchas gracias Jaime. Tema complejo que nos toca a los asesores Pymes.
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